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Transparencia

1. Información Institucional

Fecha actualización 03/04/2024

a) Normativa aplicable y acceso a la información

La transparencia además de dotar a la ciudadanía de un sistema de control, conocimiento y vigilancia sobre la actividad de las administraciones públicas y sus entes dependientes facilita la participación cotidiana de los ciudadanos en las cuestiones de interés general, pilar básico de nuestro bloque de constitucionalidad, artículos 9.2 y 23.1 de la Constitución Española, y de normas internacionales de obligada referencia en este ámbito como la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 21.1, el pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 25.a o la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Escuela de Actores de Canarias S. Coop., (EAC) estructura su información en su portal de Transparencia teniendo como referencia la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC 5, de 9.1.2015)Ley Estatal de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y Web del comisionado.

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NORMATIVA RELACIONADA:

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. (Normativa estatal)

Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. (Normativa autonómica)

Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

OTRA NORMATIVA APLICABLE

Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas – BOE.es
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. – BOE.es

La EAC ha aprobado un Protocolo de Transparencia que recoge el compromiso de que el acceso a la información estará siempre disponible y actualizado, en la medida de lo posible. Además cualquier persona puede ejercitar su derecho a solicitar documentación adicional, tal y como establece la normativa. Para ello, se han habilitado los siguientes canales:

Se recuerda que con el fin de poder tramitar correctamente su solicitud, deberá cumplir los siguientes requisitos, tal y como establece el art.41 de la Ley 12/2014:

  • La identidad de la persona solicitante, adjuntando copia de su DNI/NIE.
  • La información que se solicita.
  • La dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de las comunicaciones a propósito de su solicitud.
  • En su caso, la modalidad preferida de acceso a la información solicitada.

b) Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad

ESCUELA DE ACTORES DE CANARIAS es una Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado de Enseñanza que se rige por sus propios Estatutos y la normativa mencionada anteriormente. Actualmente es responsable por autorización de la Consejería de Educación Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias  (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1997/015/005.html) de la gestión y funcionamiento del Centro Autorizado Superior de Arte Dramático Escuela de Actores de Canarias (CASAD-EAC) para impartir los Estudios Superiores de Arte Dramático en la especialidad de Interpretación y Dirección Escénica y Dramaturgia en sus sedes de Tenerife y Gran Canaria. (Historia de la EAC)

Memoria anual de Centro 2022/23 Memoria anual de Centro 2021/22 Memoria anual de Centro 2020/21  Memoria anual de Centro 2019/20

Las actividades a desarrollar por la Cooperativa, para el cumplimiento de su objeto social irán encaminadas a desarrollar actividades docentes relacionadas con el teatro y las artes escénicas y audiovisuales en sus distintos niveles y modalidades.

Estas son:

  1. Creación y potenciación de un núcleo de profesionales especializados en organizar e impartir el currículo de los Estudios Superiores de Arte Dramático en cualquiera de sus especialidades, absorbiendo la experiencia que integra la Escuela de Actores de Canarias, fundada en 1.975.
  2. Producción estable de espectáculos teatrales, también para cine y televisión.
  3. Alquiler y/o adquisición de solares y edificios para las instalaciones que alberguen las actividades de la empresa cooperativa, especialmente en lo referente a locales de enseñanza, preparación y exhibición.
  4. Adquisición de maquinarias, enseres, materiales, vehículos destinados al transporte el material o de personas, y demás elementos necesarios para el funcionamiento específico de esta cooperativa.
  5. Distribución teatral de las producciones de la cooperativa, así como distribución de cualquier otra producción material que en su momento sea contratada a tal efecto adquiriendo los oportunos derechos.
  6. Creación de salas de exhibición teatrales.
  7. Edición de dossier y publicación de revistas especializadas en el campo de las artes escénicas, así como impresión de hojillas de divulgación sobre los cursos y espectáculos programados o producidos por la cooperativa.
  8. Establecer otros centros o delegaciones de enseñanza en islas y municipios aparte de las ya establecidas.
  9. Cualquier otro de los fines propios de esta clase de Cooperativa.

El ámbito territorial en el cual la Cooperativa desarrolla su actividad es el correspondiente a la Comunidad de Autónoma de Canarias. (Estatutos de la Cooperativa).

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