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Canal denuncia

En este canal se tramitan, bajo el principio de confidencialidad, las comunicaciones sobre las posibles acciones y omisiones ocurridas en el seno de la Escuela de Actores de Canarias (EAC) y sean constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, o de infracción penal o administrativa grave o muy grave, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2023.

Puede ser informante cualquier persona que haya obtenido información sobre las infracciones citadas en un contexto de relaciones laborales o profesionales mantenidas con la EAC.

Toda información presentada a través de este canal será gestionada bajo un estricto principio de confidencialidad, en relación con la identidad de la persona denunciante y con las terceras personas mencionadas en ella. Además, se impedirá el acceso de personal no autorizado a estos datos.

Las comunicaciones realizadas a través de este canal no darán lugar en ningún caso a represalias, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de la normativa vigente en el caso de mala fe o falsedad.

 

Preguntas frecuentes

¿Qué se puede denunciar?

  • Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea contempladas en el artículo 2.1.a) de la Ley 2/2023, siempre que se hayan cometido en el seno del Colectivo Gamá en materia de contratos, medioambiente, protección de la privacidad de los datos personales y seguridad de las redes y los sistemas de información que afecten al mercado interior y, en general, a los intereses financieros de la Unión Europea.
  • Acciones u omisiones realizadas en el seno del Colectivo Gamá que, según establece el artículo 2.1.b) de la Ley 2/2023, puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas graves o muy graves y, en todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

Las informaciones que se presenten en este canal y que no respondan a su ámbito de aplicación serán remitidas a los órganos competentes para su tramitación.

¿Quién puede denunciar?

Pueden presentar comunicaciones las personas que hayan obtenido información sobre alguna de las acciones u omisiones a que se refiere el apartado anterior, en un contexto laboral o profesional con la EAC, incluyendo:

a) Personas que trabajen o hayan trabajado en la entidad, con independencia de su vínculo laboral, funcionarial, de prácticas o becarias, que hayan tenido conocimiento de las acciones u omisiones previstas en la Ley 2/2023.

b) Personas aspirantes que hayan obtenido información de posibles infracciones durante un proceso de selección realizado por la entidad, o que intervengan en un proceso de negociación precontractual con ella.

c) Personas que trabajen para contratistas, subcontratistas y proveedores de la entidad, sus titulares autónomos o personas pertenecientes a sus órganos de administración, dirección o supervisión, que hayan obtenido información sobre acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción.

La presentación de las informaciones previstas en el apartado anterior determinará, en todo caso, el derecho al acogimiento de las medidas de protección de la persona.

No darán derecho a la protección las informaciones falsas, tergiversadas o las obtenidas de forma ilícita.

¿Puedo hacer una denuncia anónima?

La identificación de la persona informante es opcional. Si quiere presentar su comunicación anónimamente, obvie los campos de nombre, apellidos y correo electrónico en el formulario

Por otra parte, si opta por la presentación de la comunicación en este canal con identificación, rellene todos los datos del formulario.

¿Se sabrá que fui yo la persona que denunció?

No. Tu denuncia será siempre confidencial.

¿Qué tratamiento tienen los datos personales?

Desde la EAC se usarán tus datos personales para tratar la denuncia que has hecho, siempre de acuerdo con las leyes que tratan la protección de las personas, sus datos personales y el permiso de comunicar estos datos a otras personas, así como con de los derechos digitales, que son la publicación en la web o redes sociales.

¿Cómo funciona el canal de denuncias?

  • Cuéntanos qué sucede a través del formulario.
  • El formulario con tu denuncia lo recibe la EAC
  • La EAC revisa tu denuncia por si faltan datos y para comprobar que hay evidencias reales de que alguien haya tenido un mal comportamiento.
  • Si disponemos de tus datos, podríamos ponernos en contacto contigo para pedirte más información.
  • Después, procederemos a averiguar qué pasó. Para ello, en caso de disponer de tus datos, nos volveremos a poner en contacto contigo, con otras personas relacionadas con tu denuncia y con la persona a la que denuncias. Todo esto se escribe en un documento en el que queda todo recogido.
  • Una vez culminada la investigación, se realiza un informe.
  • Este informe lo presentamos al Consejo Rector de la EAC con el fin de que se tome una decisión sobre las medidas que se llevarán a cabo.
  • Si tenemos tus datos, te informaremos de las medidas tomadas.
  • Todas las denuncias recibidas se registrarán.
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